La decana del M.I. Colegio de Abogados, Blanca Ramos, ha
mostrado su rechazo tanto a la pena de prisión permanente revisable como a la
posible ampliación de los delitos a los que se aplicaría en el caso de
prosperar el proyecto de ley recientemente aprobado por el Consejo de
Ministros.
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La decana Blanca Ramos durante su intervención en el debate. |
Blanca Ramos intervino en un debate emitido por Navarra TV en
el que también participaron Inés Olaizola, catedrática de Derecho Penal de la
Universidad Pública de Navarra, la abogada Paloma Zorrilla y el abogado Sergio
Gómez. La decana, tras mostrarse contraria a la prisión permanente revisable “y
por supuesto a la ampliación prevista”, recordó que esa es la posición que
mantiene institucionalmente el Consejo General de la Abogacía Española.
“Entendemos, en coherencia con lo que se ha propuesto en el recurso
de inconstitucionalidad que está pendiente de resolución, que atenta contra
diversos preceptos de la Constitución Española”, expuso Blanca Ramos, quien en
este sentido añadió que “no solo es una cuestión de humanidad, es también
jurídica, de respeto a una norma que nos rige, la Constitución”.
La catedrática Inés Olaizola coincidió con los argumentos de
la decana del MICAP y dijo que la supresión de la prisión permanente revisable
no crearía ningún problema porque los delitos a los que se refiere están
penados con hasta 40 años en el Código Penal. Olaizola recordó además que con
la reforma de 2003 se introdujo el cumplimiento íntegro y efectivo de las
condenas, por lo que desmintió que vayan a estar entrando y saliendo de los
centros penitenciarios quienes cometan los delitos penados con la prisión
permanente revisable aunque ésta se eliminara.
Por el contrario Paloma Zorrilla y Sergio Gómez consideraron
que se trata de una medida acertada. La abogada señaló que salvo en Portugal está
vigente en todos los países de Europa y que aún es más dura en Francia, donde existe
la posibilidad de que se aplique sin revisión. Zorrilla advirtió de que está
pensada para delitos “especialmente graves” cometidos por delincuentes “no
reinsertables”. “Es una medida de excepcionalidad extrema”, afirmó.
Sergio Gómez opinó que la prisión permanente revisable
permite la reinserción de los delincuentes a los que se impone aunque su “fin
primordial es apartar a esas personas de la sociedad”, y también dijo que solo
se contempla ante “determinados delitos execrables que dañan o bien a la
generalidad de toda la sociedad o que atacan a personas especialmente
vulnerables” de cuyos autores “no se prevé una reinserción plena”. Por ello
consideró que la sociedad “debe contar con este instrumento”.
Pinche aquí para ver el debate íntegro.