Xabier
Basozábal, profesor de Derecho Civil de la Universidad de Navarra, opinó que
los tribunales de casación deberían disponer de una cláusula general que les
permitiese actuar “con un poco de cintura” en casos en los que, con la ley en
la mano, se ven obligados a dictar sentencias que calificó de “hirientes” y
entre las que incluyó algunas referidas a los desahucios.
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Xabier Basozábal, profesor de Derecho Civil de la Universidad de Navarra. |
La
reflexión de Xabier Basozábal, quien intervino en la sesión de clausura del II
Curso de Especialización en Derecho Foral Navarro celebrada el pasado viernes
en la sede del MICAP, obedecía al hecho de que en el Régimen Común, “a un
deudor hipotecario le ejecutan un bien y el bien se vende por nada a su
acreedor, ahora ya no es posible pero hace unos años el banco titular del
crédito hipotecario podía quedarse con el bien por un precio irrisorio. El
banco lo volvía a poner en el mercado por su precio de mercado, no por el que
se lo había quedado, y todavía tenía un crédito contra mí por la parte que no
había podido pagar. En esos casos, por hirientes e injustos que fueran, con el
Derecho Civil en la mano no había nada que hacer. El Tribunal Supremo dijo que
no en todos los casos que se le plantearon, falló que los procedimientos habían
sido válidos, el desahucio siguió adelante, el banco volvía a tener un crédito
que debía seguir pagándose…”
Xabier
Basozábal reconoció que son reglas excepcionales que hay que entender como
tales, “y hay que entender también que los jueces tengan una gran cautela a la
hora de aplicarlas, pero yo me planteo que durante tantos años hemos tenido una
cierta obsesión por la seguridad jurídica de forma que ya nadie habla de la
justicia material de las soluciones, y cuando se trata de aspectos que el
legislador ha podido no tener en cuenta, si uno sigue ciegamente al legislador
y puede llegar a resultados inicuos”. “¿Y qué hago? –se preguntó el conferenciante-,
pues lo aplico, ¿pero cómo? No sé… alguien tendrá que reaccionar, ¿no? Porque
decir no, no, la norma dice eso y hay que seguirlo, hombre… Yo entiendo que el
legislador no haya podido tenerlo todo en cuenta, pero el Tribunal de Casación,
el TSJ aquí en Navarra o el Supremo en España, debería tener una cláusula
general que le permitiese actuar con un poco de cintura”.
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Xabier Basozábal y Mª Ángeles Egusquiza. |
Basozábal
indicó que había estudiado, basándose en una sentencia del Tribunal Superior de
Justicia de Navarra, si alguno de los desahucios más mediáticos se podría haber
resuelto utilizando la normativa foral, y que había llegado a la conclusión de
que así era. “Esos problemas de injusticia material palmaria se podrían haber
resuelto aplicando los preceptos de la Compilación de Derecho Civil navarro,
pero también me da la impresión de que el Tribunal se cubre mucho las espaldas,
de que deja muchas puertas cerradas. Hace referencia a algunos requisitos
exigidos para que prospere esa norma, la Ley 493 párrafo 2º, y los deja lo
suficientemente abiertos como para que no sea difícil utilizarlos, de manera
que el juez lo tiene especialmente fácil para decidir que no se dan los
requisitos”, señaló el orador, quien opinó que “en su forma de argumentar, más
que ver la manera de utilizarla razonablemente en supuestos excepcionales y
decir cuáles van a ser esos supuestos excepcionales, casi se ocupa más de decir
que va a ser muy raro que yo pueda aplicar esta norma porque podría ocurrir
eso, esto y esto otro, es como decir: me cubro por si acaso se me pide
demasiado”.