miércoles, 22 de febrero de 2017

Las administraciones públicas se enfrentan al difícil reto técnico de convertirse en electrónicas

Las administraciones públicas españolas, como ya lo hiciera la de Justicia, se preparan para convertirse en instituciones electrónicas y cuentan con un plazo que, según establece la Ley 39/2015 de Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, finaliza en octubre de 2018. ¿Lo conseguirán? José Contreras López, director del Servicio de Secretariado y Acción Normativa del Gobierno de Navarra, lo pone en duda no por los problemas jurídicos que pudiera plantear la ley, sino por cuestiones prácticas derivadas de las aplicaciones informáticas y de la compatibilidad de los sistemas que adopte cada una.

José Noval, Alfredo Irujo y José Contreras, en la sede del MICAP.
José Contreras ofreció la conferencia titulada ‘La nueva ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas’, encuadrada en las sesiones formativas del II Curso de Especialización en Derecho Foral Navarro que organizan el M.I. Colegio de Abogados de Pamplona (MICAP) y la Universidad de Navarra. Fue presentado por el anterior decano del MICAP, Alfredo Irujo, y también estuvo presente el decano de la Facultad de Derecho de la UN, José Noval.

El conferenciante afirmó que la Ley 39/2015 de Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas “inaugura una nueva era para la Administración, como en su día fue la Ley 30/92 de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común la que marcó un hito al establecer una nueva regulación técnica del procedimiento administrativo”. En este caso, añadió, “la gran revolución está en que la Ley de Procedimiento administrativo y la Ley de Administración Electrónica se refunden en una sola, es decir, el procedimiento administrativo pasa a ser un procedimiento administrativo electrónico, y eso condiciona fundamentalmente toda la regulación”.

José Contreras indicó que “no se trata de una revolución jurídica en cuanto a las instituciones propias del procedimiento sino en la conversión en un procedimiento totalmente electrónico”, y reconoció que “son muchos los interrogantes que plantea la nueva ley porque supone un cambio en el funcionamiento, y también un cambio en la mentalidad. Todo pasa a ser electrónico, el procedimiento, el registro de la administración, las firmas…”

El responsable del Servicio de Secretariado y Acción Normativa dijo que, con la nueva ley, “a los ciudadanos se les da el derecho a relacionarse con las administraciones públicas mediante procedimientos electrónicos y se incentiva esa participación, de tal manera que los registros pasaran a ser oficinas de asistencia en materia de registros y habrá funcionarios habilitados que lo que harán será asistir al ciudadano para que puedan presentar sus instancias y documentos electrónicamente, ello unido a la obligación que establece la ley para que la gran mayoría de las personas jurídicas se relacionen también con la administración, ya obligatoriamente, de manera electrónica”.  

El objetivo que persigue la Ley de Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas es que la administración emplee exclusivamente sistemas electrónicos en su tramitación interna, “y con respecto a los ciudadanos se puede llegar hasta donde se puede llegar, no se les puede obligar pero todas las instancias que presenten ante esos registros lo tendrán que hacer mediante procedimientos informáticos. Podrán acceder también voluntariamente desde el ordenador que tengan en su casa a los registros generales electrónicos, y en las oficinas de asistencia lo que se hará es escanear toda su documentación y convertir a formato electrónico todas sus instancias”, explicó el orador.

El reto técnico
La Ley indica que para el mes de octubre de 2018 las administraciones deben tener en funcionamiento todas las aplicaciones que les permitan trabajar con procedimientos electrónicos, pero la duda es si van a poder tenerlo todo preparado: “La Ley ha dado un paso adelante muy importante y hay mucho por hacer, no creo que todo esté en funcionamiento en octubre de 2018, no creo, pero había que poner una fecha y todas las administraciones tienen que esforzarse para tratar de conseguirlo”, opinó José Contreras.

Ley 39/2015 de Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas es una Ley básica, por tanto es aplicable a la Administración General del Estado, a las administraciones autonómicas e incluso a los entes municipales, además de al sector público institucional. La Administración foral fue la primera que aprobó su Ley de Administración Electrónica, lo hizo antes de que lo fuera la Ley 39, “en ese sentido lleva cierta ventaja, pero no está preparada al 100%, como ninguna lo está, porque al final todo depende de las aplicaciones informáticas. Ni siquiera es ese el principal problema, porque ahora todas las administraciones deben ser interoperables, es decir, interconectables, y cada administración se ha dotado de sus propias aplicaciones informáticas, a su medida, y hay que hacer que sean compatibles. Ese es el gran reto que tenemos por delante”.


José Contreras estimó, finamente, que el nuevo texto “no plantea grandes dudas jurídicas, son más bien dudas de operatoria, de orden práctico. Incorpora, por ejemplo, lenguaje y conceptos de la administración electrónica que debemos ir asimilando poco a poco”. Sí que obligará a adaptar la normativa de las comunidades autónomas a la básica, para lo que se establece el plazo de un año, “y en ese tiempo tenemos que revisar nuestra legislación en materia de procedimiento administrativo, como el resto de comunidades, para ver si hay alguna discordancia y prever lo necesario para que pueda entrar en vigor sin problemas”.

 

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