lunes, 28 de noviembre de 2016

Javier Miranda: “De nada sirve que el Derecho sea válido si no es eficaz”




El abogado pamplonés Javier Miranda Erro presentó el pasado 19 de octubre en el Parlamento de Navarra el  libro  La accesibilidad universal y su gestión como elementos imprescindibles para el ejercicio de los derechos fundamentales. La obra, resultado de la tesis doctoral del autor,  analiza el alcance normativo de la accesibilidad universal y describe por medio de un estudio empírico las dificultades para aplicar en la práctica un derecho reconocido por la ley.

Doctor en Derecho, máster universitario oficial (EEES) en Dinámicas de Cambio en las Sociedades Modernas Avanzadas y licenciado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra (UPNA), Miranda desarrolla desde 1996 su actividad en el sector de la discapacidad. Presidente del CERMIN entre 2010 y 2015, en la actualidad, además de pertenecer al Comité Ejecutivo del CERMIN, es vocal del Consejo navarro para la Promoción de la de Accesibilidad Universal y de la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad y del Comité de Ética Sectorial de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual de Navarra. Recientemente, ha sido nombrado, por parte del Parlamento,  Patrono de la Fundación Caja Navarra.

“Desde el punto de vista personal tengo dos cabezas” –explica Javier Miranda.” Una, la del comprometido con el mundo de la discapacidad, las actividades sociales, el tercer sector. Y por otro lado, el investigador,  que a pesar de estar dentro de un mundo concreto, quiere analizarlo desde un punto de vista científico, más académico. Y de este segundo faceta el libro es el producto, esa tesis doctoral.

El libro que acaba de publicar recoge los elementos fundamentales de su tesis doctoral, a la que supongo le habrá dedicado varios años de trabajo.

Sí. Es el resultado de muchos años de trabajo, aunque yo hubiera querido que hubiera sido más profundo. Empecé la tesis en 2011,  aunque la intensidad ha sido mayor en los últimos años. Y también es el resultado de haber estado  en contacto directo con el mundo de la discapacidad. 


¿Qué destacaría del  libro, desde el punto de vista jurídico?

No es un documento jurídico al uso. No es una publicación purista desde el punto de vista jurídico. Se encuadra en la sociología jurídica, que busca verificar la brecha que puede existir entre lo ideal y lo real. Esta dualidad se representa en ocasiones con el dios Jano, un dios romano que tiene una cabeza con dos caras que miran en direcciones opuestas, la tensión entre lo ideal y lo real.

Las 100 primeras páginas se centran por tanto en el análisis teórico. Y la segunda parte  recoge un análisis de campo de tres urbanizaciones en Pamplona, de dos locales de titularidad municipal y de algunos locales de nueva apertura, para evidenciar esa distancia entre la práctica y la teoría.

Desde el punto de vista jurídico se centra en la validez y la eficacia del derecho. De nada sirve que el Derecho sea válido si no es eficaz. Y demuestra que en  el campo de la accesibilidad universal y la aplicación de los derechos fundamentales, el derecho que se aplica es ineficaz.

¿Cuáles son los motivos de esta situación? ¿Es por el contenido de la Ley?

El problema no está en las leyes, que son impecables. El problema es que la gestión no se hace adecuadamente. La cuestión no está en modificar las normas existentes, tal y como se recoge en las  conclusiones, en las que hago algunas recomendaciones.

¿Cuáles son esas recomendaciones?

Una sería un mayor control de las nuevas licencias y la formación de los agentes que intervienen, así como los medios,  no solo los recursos humanos, la inspección, sino otro tipo de medios para lograr que se aplique bien la normativa.  Y también un replanteamiento de las estructuras de los organigramas de las entidades locales.

En su libro hace un recorrido por la evolución histórica de la discapacidad ¿De qué manera ha cambiado la visión legal y social de este asunto?

En la parte teórica del libro se recoge la evolución de la mirada a la discapacidad desde el punto de vista de la Organización Mundial de la Salud. El primer modelo  es de prescindencia, de total exclusión. El segundo  modelo, que nace con las grandes guerras,  mira la discapacidad a través de una óptica médica. La considera una enfermedad, un problema personal y como mucho de la familia, que la sociedad no asume. Con las guerras se empezaron a  asumir prestaciones y  pensiones, tal vez como pago de un servicio a la patria. Pero es un  trato de beneficencia, no de derechos.

El tercer enfoque es el llamado modelo social, que cambia radicalmente la visión anterior. Lo que era un problema personal o médico se asume como un problema social. La discapacidad está en la sociedad si no puede resolver las necesidades de un grupo de personas que  tiene los mismos derechos que el resto. Así, la accesibilidad es uno de los derechos que hay que garantizar. La accesibilidad como un requisito previo indispensable para el ejercicio de derechos fundamentales.

¿Qué porcentaje de la población tiene problemas de accesibilidad?

Hay que tener en cuenta  tres cifras: una sería el 10% de la población, para el que la accesibilidad es algo vital, y en ese grupo están las personas con discapacidad. El 40%,  para los que la accesibilidad es algo muy importante. Y ahí habría que incluir a las personas mayores y personas con discapacidad transitoria, puntual, aguda. Y luego el 100%. La accesibilidad no es mala para nadie. A todas las personas les va a beneficiar.

¿Alguna recomendación para los abogados en materia de accesibilidad?

Que contemplen la accesibilidad como un requisito indispensable para el ejercicio de los derechos fundamentales. No hablo de la gestión del despacho y de la accesibilidad, que si no se incorpora es probable que queden personas fuera de su radio de acción. No quiero venderlo como una herramienta de Marketing.

Incorporar la accesibilidad a la actividad profesional sería una experiencia enriquecedora. Creo que todo el mundo que se dedica a la abogacía está por aproximar la Justicia a los miembros de la sociedad. En esa línea, si piensan en la accesibilidad de lo que están haciendo, probablemente se acerquen un poco más. 

ESTRUCTURA DEL LIBRO


“La obra está dividen dos partes, la primer teórica, y la segunda de carácter práctico, que se centra en un análisis de campo”, explica Miranda.

Así,  la primera parte, comenta, “plantea los fundamentos teóricos de la justicia que sirven de base para considerar la accesibilidad como la llave para el ejercicio de los derechos fundamentales. Reviso el ordenamiento,  desde la normativa internacional hasta la forma en que se traslada a la nacional, la Ley General de Derechos de las personas con Discapacidad y los decretos que la desarrollan en urbanismo, transporte, comunicación, etc. E incluso desciendo a la Ley Foral de Accesibilidad, que fue una ley pionera en 2010, pero que su resultado normativo la hace ineficaz”, explica.

A continuación,  el autor  se centra  en los sistemas de gestión: los planes de accesibilidad y la norma UNE 170.001, partes 1 y 2, referida a deambulación (en cuento a movilidad), aprensión (la interrelación con los elementos, cerraduras, interruptores, etc.), localización (que los elementos estén localizados, que sepas cuáles son) y comunicación (la respuesta  a las necesidades de comunicación).  

Y por último –comente Miranda-  el libro “se refiere a las dinámicas sociales, que pueden generar expansión o contracción,  como los presupuestos, la crisis económica, etc.”.

La segunda parte es un estudio de campo que analiza la aplicación de la normativa. “¿Por qué se cuestiona la aplicación de la norma? Porque  el resultado no está de acuerdo a lo que la norma plantea. ¿Dónde está el problema? En la gestión correcta de la norma”, explica.

Y continúa: “Igual que se aplican las leyes tributarias sin ningún cuestionamiento, habría que hacer lo mismo en este campo. Y replantearse muy seriamente el funcionamiento interno de las entidades locales si se quiere quieres resolver algo. Otra cosa es que si cada cuatro años quiera quedar bien, porque en las elecciones e habla mucho de accesibilidad, de discapacidad… Pero luego en la práctica, una vez que ha terminado este periodo, se olvida y se deja hasta la siguiente vez”.

Con esta investigación se cuestiona la eficacia del derecho. Y se llega a la conclusión de que la solución es que sea aplicable. Si esto no se asume por quien interviene en la gestión, que es el problema esencial,  la accesibilidad se interrumpe y no permite el ejercicio de los derechos fundamentales a parte de la población.  



 

© 2014 MICAP Gabinete de Comunicación online. Rediseñado sobre la plantilla Templateism

Back To Top