El M.I. Colegio de Abogados de Pamplona
(MICAP) acogió una jornada sobre el Derecho a la Vivienda, organizada en
colaboración con el Aula de Derechos Humanos de la Fundación Abogacía Española,
en la que se puso de manifiesto que el disfrute de una vivienda no sólo no
puede considerarse un derecho, sino que parecen existir restricciones que
tratan de evitar que algún día llegue a serlo. Pero también pueden encontrarse
motivos para la esperanza, como las sentencias que empiezan a condenar algunos
de los abusos cometidos por los bancos con los préstamos hipotecarios.
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Koldo Casla, investigador de Amnistía Internacional sobre vivienda y salud. |
Tras la presentación a cargo de Blanca
Ramos, decana del MICAP, y de Alfredo
Irujo, anterior decano y patrono de la Fundación Abogacía Española, intervinieron
Javier Rubio, abogado de la Comisión Jurídica Estatal de la Plataforma de
Afectados por la Hipoteca y del Centro de Asesoría y Estudios Sociales, y Koldo
Casla, investigador sobre los derechos a la vivienda y a la salud de Amnistía
Internacional.
Las titulizaciones
hipotecarias
Javier Rubio disertó sobre las titulizaciones
hipotecarias, “una técnica de ingeniería financiera que consiste en agrupar
cientos o miles de préstamos concedidos por una entidad bancaria para
constituir con ellos un fondo separado de la entidad que los concedió para que
sean participados, para que los compren, otras entidades e inversores. De esa
forma saca esos préstamos de su balance y logra la liquidez suficiente para
seguir prestando; el banco que ha prestado dinero para la compra de un piso
hace caja, lo recupera, y vende ese préstamo a inversores que lo compran”.
Añadió que esta práctica, “multiplicada por mil, por cien mil o por un millón
se convierte en una dinámica irrefrenable de concesión de préstamos que en las
últimas etapas previas al pinchazo de la burbuja llevó a una concesión
claramente irresponsable, cuando no delictiva, de préstamos”.
Por eso, el abogado sostuvo que a pesar de
que es ahora cuando comienza a hablarse de las titulizaciones y empiezan a
conocerse, la realidad es que “jugaron un papel fundamental en la generación de
la burbuja inmobiliaria y de la crisis que estamos viviendo en España”. Javier
Rubio aseguró que se trata de una práctica generalizada, hasta el punto de que,
según algunas estimaciones, “más del 60% de los préstamos hipotecarios en España
estarían titulizados”.
El conferenciante señaló que “la práctica
financiera de las titulizaciones, que es una trastienda de la concesión de
préstamos bastante opaca, desde un punto de vista legal ofrece posibilidades de
defensa a las personas afectadas por la hipoteca muy importantes, aunque todavía
por descubrir, es un terreno desconocido en el que tenemos que avanzar. Están
produciéndose resoluciones judiciales, cada vez más, que avalan que las
entidades que han titulizado no pueden reclamar judicialmente sus préstamos”.
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Javier Rubio, abogado de la PAH, durante su intervención. |
El argumento que utilizan los jueces es que
los bancos, al haber titulizado, ya no son los dueños legítimos de esa deuda y
por lo tanto no son los titulares del derecho a reclamarla, el intento de cobro
por parte del banco al afectado no es ajustado a derecho: “Tendrá que ir quien
haya comprado ese derecho y en su caso reclamarlo, pero no el banco porque ya
lo ha sacado de su balance. El fenómeno de la titulización fue un gran abuso y
supuso un enorme enriquecimiento y empoderamiento de las entidades financieras,
pero ahora está haciendo el camino de vuelta y los bancos se enfrentan a la
contradicción de que no pueden cobrar porque el juez les está diciendo que ya
no son los dueños”.
A pesar de las sentencias desfavorables,
Rubio cree que la banca no se encuentra especialmente preocupada “porque
atesora mucho poder y sus tentáculos diría que incluso llegan hasta el Poder
Judicial. Las resoluciones judiciales, de momento, son esperanzadoras pero
escasas”.
Derechos desalojados
Por su parte, Koldo Casla, Investigador sobre
los derechos a la vivienda y a la salud de Amnistía Internacional, ofreció una
charla titulada Derechos desalojados.
Derecho a la vivienda, desalojos y desahucios en España Indicó que son
muchos los tratados europeos e internacionales ratificados por el Estado
español que reconocen el derecho a la vivienda y que, asimismo, existe
jurisprudencia de órganos como el Tribunal de Estrasburgo y de otros cuasi judiciales, como el Comité Europeo
de Derechos Sociales o los comités de Derechos Humanos de Naciones Unidas, que
enmarcan las políticas públicas, incluida la referida a la vivienda, en el
ámbito de los derechos humanos.
Pero la realidad es muy distinta, tal y como se pone de manifiesto en un informe que ha elaborado Amnistía
Internacional cuyo objetivo era evaluar “el aumento
vertiginoso de las ejecuciones hipotecarias y desalojos por el impago de la
hipoteca en un momento en el que la protección del derecho a la vivienda iba
hacia abajo”, y que se realizó mediante entrevistas a 44 personas afectadas de
Madrid y Cataluña, las dos comunidades que registran más desalojos hipotecarios.
Del estudio se deducen diversos motivos de
preocupación. En este sentido, Koldo Casla citó la jurisprudencia del Tribunal
Europeo de Derechos Humanos que indica que toda interferencia con el derecho a
la vida privada y familiar debe ser justificada no sólo en cumplimiento de la
ley sino con un análisis de su razonabilidad y proporcionalidad. Una ejecución
hipotecaria es una de esas interferencias, y aunque esté justificada por el
impago del préstamo o el alquiler la doctrina del TEDH exigiría la
participación de un juez que analizase su proporcionalidad y razonabilidad. Sin
embargo, el procedimiento de ejecución hipotecaria no concede a los jueces esa
posibilidad. “Un conocido juez de Barcelona decía que cuando les llega un caso
de ejecución hipotecaria no hay personas detrás, no hay hombres, mujeres ni
niños. Simplemente hay una entrada en el registro de la propiedad, una confirmación
de quién es el acreedor y el deudor y si ha habido pago o no. Si no lo hay solo
es cuestión de tiempo que se produzca el desahucio”.
El segundo motivo de preocupación que se
deduce del informe, explicó el conferenciante, es la falta de igualdad de armas
que se produce en un proceso de desalojo. Recordó que existen oficinas de
intermediación hipotecaria, como las puestas en marcha por los colegios de
abogados, incluido el MICAP, son procedimientos voluntarios que ayudan a
quienes se enfrentan al problema, pero no existe en España un mecanismo
obligatorio para las partes por el que tengan que acudir en vía administrativa
o judicial para asegurarse de que el desahucio no puede evitarse y es solo la
última medida posible, algo que si se contempla en la normativa francesa,
alemana o del Reino Unido. “La creación de este tipo de mecanismos ayudarían a
salvaguardar cierta igualdad de armas entre las partes”, opinó Casla.
Otro de los aspectos preocupantes reflejados
en el informe es la falta de información, consulta o evaluación de impacto.
Existen estadísticas del INE, el Consejo General del Poder Judicial o del Banco
de España que indican que se han producido 600.000 desahucios entre 2008 y
2014, pero se desconoce cuántas personas se han visto afectadas, el número de
hombres, mujeres y niños, su nacionalidad, si se trataba de mujeres víctimas
del maltrato, si eran viviendas habituales, garajes o negocios… Esa ausencia de
referencias a la sociedad también se pone de manifiesto, por ejemplo, a la hora
de desarrollar los códigos de buenas prácticas por parte de las entidades
bancarias, que se hicieron sin contar con las personas afectadas o con
asociaciones como la PAH. Eso impide, apuntó el orador, que pueda hacerse una
evaluación certera del impacto de los desalojos en cada uno de los estamentos
sociales.
Medidas regresivas
y deliberadas
Estos motivos de preocupación se dan en una
fase de recortes al derecho a la vivienda “con medidas regresivas y
deliberadas”, entre las que el consultor de AI incluyó cinco tendencias
observadas en los últimos años en Madrid y Cataluña, todas ellas en la misma
dirección, que llevan a su organización a concluir que se trata de ataques
deliberados y regresivos contra el derecho a la vivienda. Los recortes
presupuestarios serían la primera de ellas, y puso como muestra el hecho de que
el presupuesto estatal para vivienda de 2016 es un 30% del que existía en 2009.
La segunda son las medidas adoptadas desde el Gobierno central para frenar
iniciativas de comunidades como Navarra que pretendían utilizar las viviendas
vacías y que han sido recurridas ante el Tribunal Constitucional, y la tercera
es la reducción del periodo de calificación de la vivienda pública, porque en
general tiene fecha de caducidad, no dura siempre.
Quizás la tendencia más ilustrativa de esos
ataques sea la venta de viviendas a fondos de inversión, algo que sucedió sobre
todo en Madrid, donde tanto la Comunidad como el Ayuntamiento les vendieron en
torno a 4.800 inmuebles, la mayoría pisos y se convirtieron en arrendadoras de
viviendas que eran públicas, pero como Madrid es uno de los lugares donde el
periodo de calificación es más corto, entre 10 y 15 años, esos alojamientos
comprados por los fondos a precios muy bajos pasan al mercado libre y las
rentas que pagaban sus inquilinos han aumentado notablemente.
Finalmente, la quinta medida regresiva contra
el derecho a la vivienda es, según el
conferenciante, las restricciones de la renta mínima de inserción, de la que
dependen muchas personas para no perder sus viviendas.
Koldo Casla concluyó su intervención
apuntando que aunque los datos macroeconómicos hablan de que se ha producido
cierta mejoría, “la crisis económica se ha convertido en los últimos años en
una crisis de derechos humanos, ciertamente en lo que se refiere a los derechos
económicos y sociales y desde luego para el derecho a la vivienda. Depende de
nosotros y de nosotras que la recuperación realmente se base en los derechos humanos”