Tras la última modificación, la Ley foral del Consejo de Navarra establece que sus miembros pasan a ser cinco frente a los siete actuales, y son nombrados en su totalidad por el Parlamento de Navarra, de forma que el Gobierno foral ya no designa a ningún consejero.
El Consejo de Navarra es el órgano consultivo superior de la Comunidad Foral. En el ejercicio de sus funciones “velará por la observancia del ordenamiento jurídico” y sus dictámenes podrán contener valoraciones de “oportunidad y conveniencia cuando la índole del asunto así lo exija o lo solicite expresamente la autoridad consultante”, siempre en aras a la “mayor eficacia de la Administración en el cumplimiento de sus fines”.
Está dotado de autonomía orgánica y funcional, con un ámbito propio de competencias y cuyos miembros gozan de un régimen que propicia una rigurosa cualificación técnica y asegura su neutralidad e imparcialidad. El mandato del presidente del Consejo de Navarra tiene una duración de ocho años no prorrogables.
Está dotado de autonomía orgánica y funcional, con un ámbito propio de competencias y cuyos miembros gozan de un régimen que propicia una rigurosa cualificación técnica y asegura su neutralidad e imparcialidad. El mandato del presidente del Consejo de Navarra tiene una duración de ocho años no prorrogables.
Irujo fue decano del Colegio de Abogados de Pamplona desde el año 2003 hasta 2015 y vicepresidente del Consejo General de la Abogacía Española, donde preside la Comisión de Ordenación Profesional y Colegial. En la actualidad, es patrono de la Fundación Abogacía Española.