El próximo jueves, día 14 de abril, la sala de conferencias
del MICAP acogerá un nueva edición del evento Comes O debates, que en esta ocasión
estará centrada alrededor del control que los padres pueden ejercer sobre el
uso de la tecnología por parte de sus hijos menores de edad. La reunión, organizada
por la Comisión del Derecho de la
Tecnología, contará con la participación de la abogada Carmen Díaz de Cerio, coordinadora
del Turno y Servicio del Menor del MICAP; y del pedagogo y psicólogo José Luis
Otano López, experto en capacitación
parental, comunicación y resolución de conflictos para padres y madres. Para facilitar
la participación en el debate, el último número del boletín de la Comisión del Derecho de la Tecnología recopila una serie de artículos relacionados con este tema.
El uso que lo menores hacen de la tecnología de la información
es muy amplio, y la primera decisión a la que se enfrentan los padres es si
consideran necesario supervisar o controlar de aluna manera este uso. El primer tema previsto en el debate es, por
tanto, el de la conveniencia de llevar a cabo acciones de control, así como el grado
de control que puede llevarse a cabo.
En los últimos tiempos se ha producido una notable proliferación de webs que ofrecen consejos para enseñar a los menores a hacer un uso razonable de los medios tecnológicos a su alcance y otras que hacen referencia a los aspectos leales de este asunto Entre ellas, la newsletter destaca la del Juez de Menores de Granada Emilio Calatayud. Y también enlaza a una web creada especialmentepor la Agencia Española de Protección deDatos, diseñada tanto para padres, como educadores y menores, con consejos para hacer un uso adecuado de la red. Ademas de ofrecer diversas guías, la parte dedicada a los menores, contiene un juego diseñado para que los menores puedan aprender que tipo de información no deben compartir en determinados espacios como chats o redes sociales.
En cuanto a si es lícito que los padres tengan acceso a los
dispositivos de sus hijos, cabe recordar
que los menores de edad tienen derecho a la intimidad, y la vulneración de este
derecho requerirá autorización del afectado o autorización judicial. En este sentido, el boletín
recoge un artículo de la bitácora del abogado David Maeztu, que lleva por título
¿Puedo
espiar a mis hijos? ¿Es legal? ¿Qué medios electrónicos puedo usar? El artículo
analiza distintos sistemas de control habitualmente utilizados, y concluye que muchos
de ellos no son lícitos.
Además, en lo que se refiere a la jurisprudencia sobre el tema a tratar, la newsletter recoge dos sentencias relevantes. Una de ellas, analizada en la web Law&Trends, justifica el acceso de los padres a las
cuentas de Facebook de los hijos en un caso de ciberacoso. La otra, declara lícita la inspección del móvil de un alumno
por el director del colegio al que asistía.
El último artículo del boletín hace referencia al estudio “Menoresde Edad y Conectividad Móvil en España: Tablets y Smartphones”, elaborado por
el Centro de Seguridad en Internet para los Menores en España, dependiente del
Safer Internet Programme de la Comisión Europea, que ofrece información estadística
sobre el uso de dispositivos móviles en España.
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