Francisco Segovia, coordinador de proyectos de la Fundación
Abogacía Española, ha intervenido en los XVII Encuentros Jurídico
Penitenciarios con una ponencia en la que ha explicado el trabajo de la
Fundación con los presos españoles en cárceles extranjeras. Ha lamentado los
escasos resultados logrados hasta la fecha que, según indica, tienen mucho que
ver con la pasividad de las instituciones implicadas, tanto españolas como de
otros países.
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Francisco Segovia, Coordinador de Proyectos de Fundación Abogacía. |
Francisco Segovia ha recordado que el Consejo General de la Abogacía Española creó
la Fundación en el año 2003 y que sus fines son la defensa y promoción de los
derechos humanos y la cooperación al desarrollo, para lo que desarrolla
proyectos tanto en España como en colaboración con otros países. Dentro de ese
gran campo que son los derechos humanos su ámbito de actividad es,
principalmente, el facilitar el acceso a la justicia de los colectivos más
vulnerables, “por eso estamos hablando de presos españoles en el extranjero, de
víctimas de trata o de malos tratos y tortura”.
“En el ámbito de la cooperación hemos
trabajado en el fortalecimiento de defensorías públicas en América Latina para
que se protejan correctamente los derechos de las personas privadas de libertad
y, de forma muy concreta, este año hemos trabajado en la defensa de los
derechos de españoles privados de libertad en Ecuador, para lo que hemos tenido
la suerte de contar con el apoyo del Colegio de Abogados de Pamplona”, ha
indicado Segovia. El programa se ha beneficiado en 2014 y 2015 de las ayudas
económicas que concede el MICAP a proyectos solidarios.
Esta intervención se produce a partir de una
modificación legal en Ecuador que, en principio, mejoraba las perspectivas de
los presos en cuanto al tiempo que tenían que estar privados de libertad. “Nos
dimos cuenta de que había muchas posibilidades de que surgiesen dificultades
importantes para que los presos se beneficiaran de esa reforma legal, decidimos
intervenir y llevamos un año trabajando en este asunto que verdaderamente es
muy, muy complejo”, ha señalado el representante de Fundación Abogacía.
La reforma legal introducía un principio de
proporcionalidad en las penas por tráfico de estupefacientes. “Antes,
independientemente de la cantidad de droga que llevaras, la condena era de
entre 8 y 12 años, y el 99% de los españoles que están presos en Ecuador lo
están por tráfico de drogas. Ante los problemas que planteaba la aplicación de
la reforma decidimos trasladarnos a Ecuador y reunirnos con todas las
instituciones que tenían algo que ver con este tema, Poder Judicial, Defensoría
Pública, Consulado de España… Empezamos a investigar cuántos presos hay, en qué
situación están, cuándo se les va a aplicar la reforma. Vimos que todo iba a
ser muy lento, y estamos hablando de una lentitud que va a tener un impacto
tremendo sobre derechos, son demoras de muchos meses, años incluso, que afectan
a personas que están privadas de libertad”.
La Fundación visitó a los presos allá, en
Ecuador, y contactó también con los presos españoles condenados en Ecuador pero
que están cumpliendo sus penas en España. Son cerca de cien y su situación es,
asimismo, muy complicada.
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Celso Galar, del MICAP, junto a Francisco Segovia. |
Francisco Segovia ha explicado que la
Fundación Abogacía inició una campaña de información entre los presos sobre la
reforma y cómo podía afectarles. “En realidad esta campaña debía hacerla la Secretaría
General de Instituciones Penitenciarias porque es la que tiene la
responsabilidad legal, pero como no lo hizo lo asumimos nosotros. A partir de
ahí lo que hicimos fue asesorarles para solicitar que revisaran sus condenas en
Ecuador y cómo mejorar su tratamiento penitenciario aquí en España, su
clasificación de grado sobre todo”.
Resultados decepcionantes
El ponente ha lamentado los pocos avances
logrados: “La verdad es que hemos conseguido algunos resultados, pero son muy escasos
para el esfuerzo que estamos haciendo, y la razón hay que buscarla en la
pasividad de la mayoría de las instituciones que están implicadas, tanto en
Ecuador como en España. Hemos logrado que 15 o 20 presos de los que habían sido
trasladados aquí mejoraran su situación penitenciaria, pasando de segundo a
tercer grado o de tercer grado a la libertad condicional, y nueve o diez
revisiones de condena allá en Ecuador, que significa la inmediata
excarcelación. Pero hay que decir que estamos hablando de 180 o 190 presos en
total, entre los que están allá y los de aquí, y de esos, 80 o 90 podían
solicitar la revisión de condena con resultado de excarcelación. Hemos iniciado
muchos más procedimientos, pero todo es tan lento que los resultados son
decepcionantes”.
Además, ha examinado los puntos de
coincidencia entre el trabajo de la Fundación y el ámbito penitenciario, “que
son muchos porque en el ámbito penitenciario existe un riesgo más elevado que
el promedio de vulneración de derechos fundamentales. Hay que reflexionar sobre
cómo prevenir este riesgo, y cuando se produce una vulneración también hay que
pensar lo que hay que hacer”. En
España su trabajo se ha centrado en el papel de la abogacía en la prevención de
los malos tratos y la tortura, “y también se ha abordado de manera muy
específica los riesgos de las personas con discapacidad intelectual que están
en el ámbito penitenciario, que pasan por procedimientos judiciales que pueden
concluir con privación de la libertad por temas penales”.
La
versión del Ministerio de Justicia
Tras
Francisco Segovia intervino alguien que bien podría ser uno de los
destinatarios de sus críticas, Santiago Hernández Castrillo, jefe del Área de traslados
de personas condenadas, dependiente de la Subdirección General de Cooperación
Jurídica Internacional del Ministerio de Justicia. Está al frente del
departamento administrativo que se ocupa de tramitar las solicitudes de cumplimiento
de penas en el país de origen o de residencia de internos que han sido
condenados en otros países.
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Santiago Hernández Castrillo. |
Santiago
Hernández ha explicado los convenios o tratados internacionales que posibilitan
el cumplimiento de la condena en el país de origen o de residencia de la
persona condenada por un delito cometido en el extranjero. España, además de
los convenios multilaterales que contemplan esta opción, ha suscrito convenios
bilaterales con 32 países que también posibilitan el traslado de internos para
el cumplimiento de penas. “Es un recurso que está ahí, hay un convenio del
Consejo de Europa que lo autoriza desde el año 1983, pero la verdad es que
parece que no se conoce demasiado y tampoco se utiliza demasiado”, ha
reconocido el ponente.
Por
ello, Santiago Hernández ha ofrecido a los participantes en los encuentros, y ha
puesto a disposición de los servicios de orientación jurídica penitenciaria,
información que les permita conocer los procedimientos y trámites a seguir para
saber si un interno extranjero está en condiciones de ser trasladado a su país
para terminar de cumplir la condena que se le impuso en España, con el fin de
que los abogados puedan después asesorar a estos reclusos.
Sobre
la situación de los presos españoles en Ecuador ha asegurado que el Ministerio
de Justicia “sigue muy de cerca el asunto, yo he tenido contacto directo con
ONG’s, fundaciones y asociaciones de ayuda a los presos españoles en el
exterior, conozco a través del consulado de Ecuador de la labor que está
haciendo la Fundación de la Abogacía Española, y con frecuencia intercambiamos
información y datos sobre presos o expedientes”.
Según
Santiago Hernández, cuando Ecuador aprobó la reforma del Código Penal que abría
la puerta a la revisión de las condenas “nos mantuvimos muy atentos y en
permanente comunicación con el consulado, que estaba también muy pendiente para
presentar todas las solicitudes de traslado. No hemos recibido información
concreta de la documentación que debe pasar por el Ministerio, pero ya se nos
ha dicho de la Fundación de la Abogacía está realizando esta labor de
intermediación, conseguir la solicitud del interno, presentarla de acuerdo con
un modelo homogeneizado por la Administración ecuatoriana a la Defensoría
Pública… “ Ha añadido que “conocemos cómo está actuando la Fundación de la
Abogacía, es un procedimiento que no está pasando directamente por el
Ministerio de Justicia, pero en cuanto recibimos una decisión del Gobierno
peruano de excarcelación por aplicación del nuevo código penal, inmediatamente
la mandamos por fax a la Audiencia Nacional y queda anotado en nuestros
registros que esa persona ha sido excarcelada”.
En
cuanto al caso de Perú, el ponente ha dicho que la situación se encuentra “enquistada,
pero por el propio procedimiento interno peruano, no toma decisiones sobre las
300 autorizaciones de traslado que ha aprobado y ha enviado el Gobierno
español. Tienen un sistema muy complejo, intervienen varias instancias
judiciales, son necesarias las firmas de diversos ministros e incluso un
decreto del ejecutivo, y además creo que existe un planteamiento político de no
considerar prioritario este asunto”.