“Que Pamplona en San Fermín se convierte en una ciudad sin
ley es un dicho tan repetido como falso”. Esta frase abre la presentación del
programa del curso de verano de la UPNA El derecho Sanferminero, que se
celebra entre el 30 de junio y el 2 de julio en el Palacio del condestable de
Pamplona.
Dirigido por José Francisco Alenza, decano de la Facultad de
Ciencias Jurídicas de la UPNA, el curso está organizado en torno a tres ejes temáticos: La administración y las
fiestas (30 de junio); Los ciudadanos en las fiestas: asociaciones,
consumidores y trabajadores (1 de julio) ; El derecho taurino: los encierro y
la Feria del Toro (2 de julio).
Según explica Alenza, las fiestas
se han estudiado desde muchos puntos de vista –histórico, cultural,
etnográfico, económico- pero faltaba un estudio “de cómo se organizan unas
fiestas desde el punto de vista legal, y de cómo se hace frente a muchas
cuestiones que requieren de una solución jurídica”.
Además, el curso
surge “por curiosidad” y también como
una forma de revelarse contra el tópico ya mencionado de que la capital navarra
se convierte en una ciudad sin ley, “una idea que ha hecho mucho daño a las fiestas y que estoy
convencido de que no es así”.
El director del curso, que
reconoce que el título “es un poco provocador”, considera que hablar de Derecho
Sanferminero en sentido estricto, como
un derecho específicamente destinado a regular las fiestas, daría para poco, ya
que solo podría considerarse como tal “la
ordenanza del encierro, el bando y poco más”. Sin embargo, entiende que es
interesante ver como se aplica el derecho ordinario “en una situación tan extraordinaria
como son las fiestas de San Fermín”.
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José Francisco Alenza, decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la UPNA, director del curso |
Al buscar jurisprudencia para las
ponencias, Alenza ha podido constatar sorprendido que se han producido demandas
de responsabilidad en los principales actos de las fiestas. En este sentido, ha
encontrado sentencias de todo tipo, desde “sentencias importantes y sobre temas
graves”, como la reciente sentencia del Supremo sobre el botellazo durante el
cohete, que considera que las medidas de
seguridad que había establecido el consistorio eran suficientes y que no se le
puede exigir al Ayuntamiento responsabilidad cuando un persona descontrolada
lanza una botella a la multitud y causa daños. Hasta otras “muy sugerentes o muy divertidas, y
asuntos insospechados”.
En este apartado es posible
incluir una sentencia de este mismo año sobre una reclamación de
responsabilidad al Ayuntamiento de Pamplona por los daños provocados por un
zaldiko que golpea a una persona que se encontraba en la calle y le rompe las
gafas. La sentencia considera que podía haber evitado este daño si hubiera
utilizado otro recorrido, y que toda persona que se encuentra en el recorrido
asume el riesgo que se puede derivar de esta actividad, que no genera demasiado
peligro. Y por tanto, entiende que el ayuntamiento no debe responder de esos
daños. “Parece que hay una especie de licencia a los cabezudos para utilizar su
verga y golpear a la gente”, concluye Alenza.
Otra sentencia que pude resultar
llamativa, esta vez relacionada con el derecho Laboral, recoge el caso de una
persona que se encuentra de baja y pide permiso a su médico de cabecera para
correr el encierro, con tan mala suerte que se cae y es atendido por los
servicios sanitarios y posteriormente entrevistada por un programa de
televisión. La empresa le sanciona con tres meses de suspensión de empleo y
sueldo y él recurre esa sanción. “Lo que viene a decir la sentencia es que la
persona ha participado en una actividad de riesgo que pone en peligro su
recuperación y no lo puede hacer mientras está de baja”, explica.
El Decano de la Facultad de
Ciencias Jurídicas de la UPNA recuerda que, “al margen de lo divertido” el
objetivo de esta iniciativa es “suscitar una reflexión sobre estos temas más
profundos, más sustanciales, para que las fiestas se desarrollen de la mejor
manera posible”.