viernes, 20 de marzo de 2015

El Servicio de Orientación Jurídica, un buen termómetro para medir la crisis

Fernando Magariño
Fernando Magariño, de 48 años, es el coordinador del Servicio de Orientación Jurídica (SOJ) del M.I. Colegio de Abogados de Pamplona, que en 2014 registró casi 6.200 expedientes de los que fueron tramitados más de 5.850. Durante los últimos meses ha ejercido su cargo, en funciones, Elvira Aramburu, de 40 años. Con ambos conversamos sobre la actualidad de un Servicio que conocen a fondo porque son muchos los años que llevan ligados a él y que, aseguran, es un buen termómetro para medir la crisis porque deben atender a las personas que más les afecta.

Fernando Magariño, que forma parte del SOJ desde su creación, analiza la evolución de un servicio del que destaca el gran incremento del número de personas que atiende.

¿Cuál ha sido la evolución del Servicio de Orientación Jurídica?
Al principio, el Servicio de Orientación Jurídica contaba con 28 letrados, de forma que hacíamos una guardia al mes; llevo en el Servicio desde que empezó a funcionar. Luego se fue restringiendo el número, con el fin de unificar criterios, y ahora son ocho los letrados más el coordinador, que soy yo. Entre los ocho letrados está la subcoordinadora, que hace funciones de guardia como el resto de compañeros y colabora en la coordinación. Cada año se renuevan parcialmente los puestos con letrados interesados en formar parte del Servicio.

En cuanto a las funciones, son las que establece la Ley y el Reglamento. Lo que hacemos es informar al ciudadano de la documentación que tiene que presentar para poder acceder a la justicia gratuita, y cuando la tiene nos la entrega. Cuando viene la primera vez hablas con el ciudadano para ver qué pretensión tiene, porque debe figurar en la carpetilla de solicitud: para qué jurisdicción, tipo de procedimiento … Cuando presenta la documentación hacemos una valoración económica con arreglo a unos ingresos que se publican a final de año a través de la ley de presupuestos, no pudiendo sobrepasar los límites que se establecen, y se remite al Gobierno de Navarra, a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, allí hacen una segunda valoración de la documentación que es la definitiva y se comunica al ciudadano -que puede recurrir si es denegatoria- al letrado y al juzgado donde esté el procedimiento, si es que se ha iniciado. Si es el juzgado quien nos requiere que se nombre un abogado, por la razón que sea, se hace la designación del letrado de oficio, aunque el ciudadano no haya presentación la documentación y se le requiere para que lo haga en ese momento. Eso ha sido siempre, desde el inicio, la función del servicio ha sido siempre la misma.

¿Y en cuanto a los asuntos de los que se ocupa?
En un inicio las pretensiones no eran tan complicadas, había divorcios, separaciones, robos, hurtos… pero luego se pusieron muy de moda los desahucios, ejecuciones hipotecarias… hubo un boom en los años 2012 y 2013, los bancos se pusieron a reclamar a todo el mundo. Ahora ya no llegan tantas, luego entiendo que eso se ha parado. Y lo que ha aumentado mucho es el número en general, muchísimo, una barbaridad. Recuerdo que en los primeros meses del servicio, cuando estábamos 28 letrados, un día que estuve de guardia no vino nadie. La semana pasada, en un día recibimos a 67 personas en cuatro horas y media.
¿Qué ocurría antes? ¿Los ciudadanos desconocían la disponibilidad de la justicia gratuita? ¿Había más recursos y preferían pagar la minuta de un letrado?
Posiblemente no se conocía. Inicialmente eran los juzgados que tramitaban un asunto quienes se encargaban de la justicia gratuita, luego cambió, en 1996 se publicó la Ley de Justicia Gratuita y a partir de esa fecha se tramita en los colegios de abogados. Yo supongo que eso se dio a conocer al ciudadano y desde entonces vienen aquí a tramitarlo. A ver, sería también porque la situación económica era mejor, de hecho, ahora se reconoce el derecho a justicia gratuita a una gran mayoría de los ciudadanos que vienen a solicitarla.

¿Hay un cambio en el perfil de las personas que acuden al SOJ?
Desde hace ya unos cuantos años vienen muchas personas de nacionalidad extranjera que tienen problemas administrativos, residencia, expulsiones… y también para el resto de procedimientos, penales, civiles, de familia… igual que cualquier ciudadano español, pero a ellos se les añade el tema de extranjería.

¿Cabe mejorar el sistema de justicia gratuita?
Nosotros tenemos que hacer lo que nos dice la ley, la documentación que debe presentarse es la que marca el reglamento… pero sí hay cosas que me llaman la atención. Mucha de la documentación que se pide, que es para la Administración, realmente la misma ya tiene conocimiento de ella. Aun así ha mejorado, desde hace unos 3 años hay un acuerdo entre la Administración y el Consejo General de la Abogacía, de tal manera que si el ciudadano nos firma una autorización, podemos solicitar los datos de ese ciudadano: la información de renta, la vida laboral y todos los ingresos que tenga provenientes de una administración pública, pensiones, subsidios, ayudas… la información aparece, excepto de los ingresos económicos que perciba por cuenta ajena o como trabajador autónomo.

Existe otro problema. Como decía, el otro día se hicieron 65 asistencias, con lo que eso trae consigo: entrevistar, revisar la documentación, y cuando pueda, hacer una valoración favorable o desfavorable en base a esa documentación. Eso no lo puedes hacer en el momento porque tienes mucha gente ahí; la valoración la dejamos para última hora, a ver si tienes tiempo, si no para el día siguiente, y así va… En 2014 registramos 6.198 expedientes y los tramitados fueron 5.856.

QUÉ ES Y QUÉ HACE EL SOJ

Elvira Aramburu
Elvira Aramburu, casada y sin hijos, ejerce la abogacía en su propio despacho desde que finalizó los estudios en 1996 y es especialista en Derecho Laboral. Su relación con el SOJ viene de lejos, porque fue aquí donde realizó las prácticas jurídicas al terminar la carrera. Le gustó su cercanía al ciudadano y el poder ayudar a quien acude “con verdaderos dramones”.

Soy una persona que tengo un problema que creo que requiere asistencia letrada y no puedo pagar a un abogado. ¿Me atenderán si voy al Colegio de Abogados?
Todos los días, entre las 9,30 y las 14 horas, los ciudadanos tienen a su disposición a dos compañeros, dos abogados, que les atienden en el Servicio de Orientación Jurídica. Nada más cruzar la puerta del Colegio lo primero que ven es a un compañero tras un mostrador al que la persona le plantea su problema y que valorará (provisionalmente) si pudiera ser o no beneficiario de la justicia gratuita. Es que sólo se puede tramitar la justicia gratuita si ese ciudadano va a interponer un procedimiento o si ya está incurso en un procedimiento judicial. Mucha gente viene demandando una primera asistencia letrada, pero nosotros no podemos prestar ese asesoramiento, ni derivarles a un compañero en concreto. A esa gente les pedimos que nos expliquen su caso, vemos su materia, Civil, Laboral, Penal, lo que sea, y les damos un listado de abogados que se dediquen a esa materia a los que tendrán que pagar su correspondiente minuta. Pero si vemos que esa persona que viene con una petición inicial de asesoramiento verdaderamente va a necesitar un letrado porque su problema va a derivar con seguridad en una demanda judicial, como la justicia gratuita prevé que ese primer acercamiento al letrado del ciudadano también queda cubierto, se la tramitamos ya.

Muy bien, pero ¿tengo que demostrar que carezco de recursos para poder acceder a la justicia gratuita?
Sí. El aspirante a la justicia gratuita tiene que demostrar que, careciendo de patrimonio suficiente, cuenta con unos recursos e ingresos económicos brutos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, que no superen los umbrales que figuran en la Ley.

Bueno, verá, le he mentido. Tengo una situación económica superior a esos umbrales. ¿Quedo excluido de la asistencia jurídica gratuita?
Para la mayoría de los procedimientos, sí. En el SOJ examinaríamos su nivel de renta y si supera el límite establecido se le indicaría que no tiene derecho. Pero la Ley de Justicia Gratuita prevé también que para temas de extranjería que conlleven orden de expulsión, de violencia de género, laborales y de Seguridad Social, todos los aspectos sociales del trabajador, no existe el cumplimiento de requisitos. Un asalariado que ha sido despedido y quiere interponer una demanda contra ese despido, o que le debe dinero la empresa y quiere reclamárselo, lo único que tiene que hacer es venir aquí rellenar una carpeta y aportar una fotocopia de su DNI. Automáticamente, aunque multimillonario, se le asigna un abogado del turno de oficio, de justicia gratuita. Lo mismo le ocurriría a una persona maltratada.

Es cierto también que la Ley establece que si el ciudadano obtiene un beneficio económico al fallar a su favor el juez y ha contado con la asistencia del abogado de justicia gratuita, ese letrado puede pasarle una minuta y cobrarla. De alguna manera la justicia gratuita se diluye, pero claro, el ciudadano ha obtenido un beneficio económico por esa intervención del abogado.

Siguiendo con el supuesto, ¿podría acudir al SOJ sea cual sea la materia de mi problema?
Sí, puede ser de cualquier tipo, de cualquier rama. Bueno, hay que ver qué procedimiento va a necesitar el ciudadano, porque hay algunos en los que no es preceptiva la asistencia de abogado y procurador y la Ley de Justicia Gratuita no cubre ese tipo de procedimientos. Eso ocurre con los juicios de faltas, en ese caso les entregamos un escrito de suspensión del proceso y de solicitud de nombramiento de abogado para que lo entregue al Juzgado y lo estudie el juez, por ejemplo  si ve que la otra parte va a contar con abogado y procurador puede decirle que también se dote de asistencia letrada para no caer en indefensión. Si es así, deberá volver para que le tramitásemos la justicia gratuita por requerimiento judicial.

La letrada Mariló Pardeza, del SOJ, atiende a un ciudadano.
El juez falla a mi favor, pero la otra parte recurre. En ese caso, ¿seguiría teniendo asistencia letrada gratuita?
Al ciudadano, cuando viene, te explica su asunto y ves que tiene derecho a la justicia gratuita, se le designa el abogado y ese abogado es para todo el procedimiento: primera instancia, recurso… Si es un procedimiento que puede llegar en recurso de casación hasta el Supremo, el abogado de Pamplona, o el de Aoiz, que también los asignamos aquí, llegará hasta la interposición del recurso, pero si hay vista en Madrid y el letrado de Pamplona no acude a esa vista, el ciudadano tendría que solicitar un abogado de justicia gratuita en Madrid.

El abogado que me asignen ¿me defenderá bien?
Hay personas que vienen y te dicen: yo quiero un abogado bueno. Vienen con esa idea que existía que el abogado que es malo va al turno de oficio, y que el de pago es bueno. Lo cierto es que va a ser atendido con idéntica profesionalidad.

¿Y no puedo elegir yo al abogado?
Una vez que se ve si es un asunto civil, laboral, penal, contencioso… se introducen los datos en el ordenador y la persona encargada de administración del Colegio hace las designaciones que van por riguroso orden de lista. Aquí no se elige, no puedes decir quiero éste, ¡pues no! Si te toca, bien, y si no, mala suerte. Lo que sí se puede es que si un letrado o letrada conoce de un asunto previo, y posteriormente se necesita abogado para un asunto que tiene relación, se puede pedir, si el letrado está conforme, que se le designe; al compañero le correrá un turno y se le designará ese asunto.

Siguiendo con supuestos. Si no tengo ni idea de que existe este servicio, ¿Cómo me puedo enterar de que lo tengo a mi disposición? ¿Quién me informa?
Mucha gente acude al servicio orientada desde los servicios sociales, y a quien le interponen una demanda se lo notifican en el propio Juzgado, cuando recibe la demanda en el Juzgado les dicen que venga a solicitar el abogado. La mayoría vienen por indicación del Juzgado. Y en los procedimientos penales, desde la primera asistencia en los Servicios de Guardia, esos ciudadanos ya han sido informados de la posibilidad de tramitar la Solicitud de beneficio de Justicia Gratuita, con lo cual un letrado ya les ha notificado que pueden acudir al SOJ a pedir un abogado de justicia gratuita.
Además, desde mediados del mes de febrero, disponemos de una dirección de correo electrónico, soj@micap.es, que está a disposición tanto de los colegiados, que muchas veces tienen dudas sobre la tramitación de la justicia gratuita, como de los ciudadanos, por ejemplo para aportar documentación.

¿Y qué temas son los que más traen los ciudadanos?
Hay de todo. Durante el año 2012 y 2013 teníamos muchos desahucios, muchas ejecuciones hipotecarias, esa materia parece que va disminuyendo. La gente como no tenía dinero para divorciarse no lo hacía, y ahora crecen los divorcios… Pero el mayor número de asuntos son temas penales, de violencia de género y de derecho de familia (impagos de pensiones…) Y durante un tiempo hemos tenido muchísimos asuntos de laboral, que nos enviaban directamente los sindicatos porque eran trabajadores que no podían pagarse la afiliación, pero también los asuntos laborales han disminuido bastante, aunque sigue viniendo gente. Tenemos mucho también de un tema que ahora está de moda, las cláusulas suelo de las hipotecas.

El SOJ es un buen indicador de la crisis…

Sí, somos un buen termómetro de la crisis porque por aquí pasan las personas a las que más les afecta.

 

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