La Fundación Abogacía Española ha editado una ‘Guía práctica de actuación frente a
torturas y malos tratos, inhumanos o degradantes’, cumpliendo así, una vez más, con su papel de
defensor y promotor de los derechos humanos.
Con motivo del trigésimo aniversario de la Convención contra la tortura, la
Fundación organizó un congreso en el que se abordaron, de manera monográfica,
estas prácticas. Coincidiendo con la celebración del congreso presentó la Guía,
cuyo objetivo principal es ser una herramienta útil que permita a los abogados
conocer los estándares internacionales y actuar de manera conforme a la
normativa nacional bajo dichos parámetros.
La Fundación Abogacía Española, con este documento, reclama la atención de
los abogados en materia de prevención de la tortura y los malos tratos, y a la
vez les dota de una serie de pautas para un trabajo eficaz.
En la ‘Guía práctica de actuación frente a torturas y malos tratos, inhumanos
o degradantes’ se explican y analizan
las dificultades que en este campo puede encontrar el abogado desde el inicio
hasta el final del proceso judicial, así como las herramientas que puedan ser
de utilidad para actuar ante las mismas. Asimismo, se distinguen los supuestos
en función de si el hecho tuvo lugar en situación de libertad o de privación de
libertad. Dentro de ésta última se diferencian las privaciones de corta
duración (detenciones en calabozos de cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado
o judiciales), de media duración (Centro de Internamiento de Extranjeros) o de
larga duración (centros de reforma y penitenciarios). Las conducciones
policiales, las repatriaciones y en custodia hospitalaria también representan
situaciones de privación de libertad que son objeto de análisis.
Las torturas, malos tratos y los comportamientos inhumanos o degradantes
son prácticas prohibidas de forma absoluta e inderogable por el derecho
internacional y por el propio derecho interno en España, lo que obliga a la abogacía a un permanente
estado de vigilancia y a la revisión constante tanto de las leyes vigentes como
de la adecuación a éstas de las actuaciones de los poderes públicos, para que
esa prohibición sea aplicada con total determinación.