Virginia Guerra, en su despacho |
Virginia Guerra Ros, 45 años, soltera, ejerce
la abogacía desde hace casi 22 años, tras terminar la carrera de Derecho en la
Universidad de Navarra, y siempre desde su propio despacho. Especializada en
temas de extranjería y Derecho Penal, últimamente también se ocupa de asuntos
matrimoniales. Además, desde que se licenció forma parte del turno de oficio
del M.I. Colegio de Abogados de Pamplona, del que es coordinadora del Servicio
de Extranjería, una labor que requiere dedicación, tiempo y esfuerzo, a cambio
de una remuneración escasa y un reconocimiento insuficiente. Asumió el compromiso con la misma vocación
que le anima a seguir luchando por los derechos de los extranjeros, con el
estímulo de las sentencias favorables que va consiguiendo en los juzgados.
¿Desde cuándo en
el turno de oficio?
Desde que me colegié, en 1993, y ya llevo
tres años como coordinadora.
¿Qué es lo que le
llevó a hacerse cargo de la coordinación del Servicio de Extranjería?
Llevaba bastante tiempo con temas de
extranjería y me lo propuso el Colegio. Me pareció interesante, era una experiencia
nueva y lo vi como una forma de ayudar al Colegio y a mis compañeros.
Cómo influye esa
labor de coordinadora, que recordemos que es altruista, en su trabajo diario.
Sobre todo en estas fechas que tenemos que
hacer los informes anuales, las memorias, te quitan bastante tiempo, como el
tema de la formación, porque antes los cursos los daban en la práctica jurídica
y ahora los damos nosotros, eso conlleva que lo tenemos que preparar, claro.
Luego están las reuniones de las comisiones del turno de oficio, que pueden
durar toda una tarde… Sí, te llevan bastante tiempo pero es asumible. Hay otras
cosas, por ejemplo los que llegan ahora nuevos al turno de oficio, es lógico
que se les planteen dudas y tengan que recurrir a la coordinadora. Pero bueno,
eso no es sino ayudar a un compañero.
En cualquier caso,
esa dedicación debe tener algo de vocacional.
Si, bueno, todo el turno de oficio es
vocacional, eso está claro, aunque la coordinación es un poco más porque
requiere aún más tiempo. Tienes que estar atento a todas las novedades, a la
jurisprudencia, asistir a congresos para recoger información que luego tienes
que transmitir…
¿Cuáles son los
temas más destacados de su área?
Hay que distinguir entre el servicio, que son
guardias de 24 horas durante las que atendemos generalmente a extranjeros en
situación irregular a los que se les abren expedientes de expulsión, y el
turno, donde llevas el procedimiento administrativo ante el Juzgado de recursos
de denegación de renovación de estancia, de permiso de trabajo o las tarjetas
de familiar de comunitario. También atendemos a los internamientos en los
centros de acogida extranjeros. No es como lo que se vive en el sur, en Ceuta o
Melilla, pero sí que hay bastante movimiento. Por ejemplo, ahora se están
viendo muchas solicitudes de asilo, sobre todo de gente de Ucrania, que antes tramitaba
la Cruz Roja pero con la crisis no puede mantener un abogado en la sede, y nos
llaman para asistirles en la entrevista que se les hace para solicitar el
asilo.
¿Qué resultados
consiguen los abogados del turno de oficio en materia de extranjería?
Estamos consiguiendo sentencias que nos dan
la razón en algunos temas. Por ejemplo, en los recursos que presentamos a las
denegaciones de las regularizaciones del cónyuge o de su pareja, que se están
denegando casi todas. Sin embargo no
estamos contentos, estas sentencias son un avance pero la jurisprudencia en
temas de extranjería es muy irregular, es más habitual es que no nos den la
razón, por eso cuando nos la dan supone todo un triunfo.
¿En qué
condiciones se ejerce el turno de oficio?
Se paga poco, pero al menos ahora el Gobierno
de Navarra lo hace a tiempo. Siempre hemos estado mal pagados, y desde hace un
par de años lejos de aumentar la asignación con el IPC la han bajado. Los
baremos del turno de oficio son bastante, pero bastante, más bajos que los que
puede tener un abogado en su despacho particular, eso es algo general, no sólo
en el caso de extranjería. Y hay cosas que no se pagan, llega la sentencia pero
queda la ejecución penal, que suele dar mucho trabajo que no se nos abona… por
eso decía que es vocacional. Sólo del turno de oficio no se puede vivir, y eso
que en otros colegios están todavía peor. Como suele decirse, mal de muchos…
¿Tiene el suficiente
reconocimiento la labor que realiza el turno de oficio?
El Gobierno de Navarra debería apreciar más
el trabajo y actualizar los baremos, que están totalmente desfasados. Además
podría colaborar, por ejemplo a la hora de valorar la situación económica de
quien desea acogerse a la justicia gratuita. Tenemos que hacerlo nosotros,
pedir la documentación, y eso requiere tiempo y trámites. Y hay actitudes que
no nos hacen ninguna gracia, en los servicios de asistencia al detenido tenemos
que pedir a la policía o a la comisaría un justificante de que efectivamente
hemos estado ahí haciendo nuestro trabajo. Eso es como decirnos a la cara que
no se fían de nosotros.
¿Y por parte de
los defendidos?
Pues cuando les nombras al abogado de oficio
hay extranjeros que, por desconocimiento o porque en su país no existe esta
figura, desconfían de nosotros. Consideran que como no tienen que pagarnos no
hacemos nada, que no les vamos a hacer caso. Eso nos sienta mal no, lo
siguiente. Les tienes que explicar que vamos a hacer exactamente lo mismo que
si acudiera a un despacho pagando la minuta del abogado. Es la primera
impresión, porque una vez que ven cómo defendemos sus derechos cambian de
opinión.
“Los
centros para extranjeros son lo contrario a los derechos humanos”
Los artículos anulados son el 7.3 párrafo 2; 16.2 párrafo K; el 21.3 y el
55.2 párrafo 1 del reglamento, aprobado por el Gobierno el pasado marzo. En
relación a los dos primeros, los magistrados entienden que contradicen una
directiva europea que reconoce el derecho de las familias internadas en espera
de expulsión a que se les facilite alojamiento separado que garantice un grado
adecuado de intimidad. Sobre el tercero dictaminan que es contrario a la Ley de
Extranjería, que no permite un nuevo internamiento en un CIE por una causa que
ya incluida en el expediente de expulsión, y el cuarto anulado permitía los
registros personales incluso con desnudo integral, pero los jueces afirman que
se excede de la propia Ley de Extranjería y de la jurisprudencia del Tribunal
Constitucional.
“No es la primera vez que el Supremo dice que el Estado no está cumpliendo
una directiva europea, en extranjería son bastantes las que no han sido
traspuestas, o que lo ha hecho mal. No es una novedad, no me ha extrañado la
sentencia”, reconoce la abogada, que indica que los centros para extranjeros
son “un limbo jurídico” porque no son centros penitenciarios pero funcionan
como si lo fuesen: “Se interna a la gente por simples infracciones
administrativas, por tener una orden de expulsión por estar en situación
irregular. Se les priva de libertad para asegurarse el Estado la ejecución de
esa orden de expulsión”.
Añade que, en varios aspectos, son peores que las cárceles. Los internos
están hacinados, no disponen de personal sanitario suficiente y lo mismo sucede
con la asistencia letrada: “Se trata peor a un extranjero por estar en
situación irregular que a alguien que ha cometido un delito. Es más, una de
esas personas no puede denunciar cuando ha sido víctima de un delito, porque si
va a una comisaría pasa inmediatamente a la Brigada de Extranjería y se inicia
el expediente de expulsión. Un robo, unas lesiones, pueden quedar impunes si la
víctima es un extranjero en situación irregular”.